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TIPO: CRITERIOS ASUNTO: DESCRIPCION: (…) la Comisión de Personal es uno de los órganos de dirección y gestión del empleo público y de la gerencia pública, colegiado, de carácter bipartito, conformada por dos (2) representantes de la entidad designados por el nominador, y dos (2) representantes de los empleados elegidos por votación directa de éstos
Por mandato legal, en todas las entidades del Estado a quienes se apliquen las disposiciones contenidas en la Ley 909 de 2004, deberá existir una Comisión de Personal integrada por dos (2) representantes de la entidad u organismo y dos (2) representantes de los empleados elegidos por votación directa de éstos.
Los representantes de los empleados serán elegidos por periodos de dos (2) años, contados a partir de la fecha de comunicación de la elección
Conformación, organización y funcionamiento de las Comisiones de Personal en el marco de la Ley 909 de 2004, Decreto Ley 760 de 2005 y los Decretos 1083 de 2015 y 051 de 2018. TEMA: Comisiones de Personal CRITERIOS_433.pdf
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