Detalle avanzada

TIPO: CONCEPTOS
ASUNTO: COMISIONES DE PERSONAL RECLAMACIÓN LABORAL NO PROCEDE CUANDO NO EXISTE ACTO LESIVO Y SIN AGOTAR PRIMERA INSTANCIA
DESCRIPCION: Los recursos de apelación se formulan ante el ente que emitió la decisión para que sea conocido por la CNSC. La CNSC no es superior jerárquico de ningún funcionario del SENA. Para que la CNSC conozca en segunda instancia de una reclamación, primero debe ser presentada ante la Comisión de Personal respectiva, en primera instancia
TEMA: Reclamación Laboral CONCEPTOS_494.pdf

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Opiniones

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Juan Casas

Docente Universidad del Valle

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Jorge Rodriguez

Vendedor

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John Gómez

Abogado

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Luisa Torres

Estudiante